El Ayuntamiento de Palencia abre el plazo de pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (ITVM) hasta el 18 de mayo

El Ayuntamiento de Palencia abre el plazo de pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (ITVM) hasta el 18 de mayo

El Ayuntamiento de Palencia inició ayer el plazo de pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (ITVM) correspondiente al ejercicio 2026, según recoge el Boletín Oficial de la Provincia del propio 18 de marzo. El mismo se abre hasta 18 de mayo, mientras que el cargo de los recibos domiciliados está fijado para el 1 de abril.

 Aunque el impuesto suma inicialmente más de 4,1 millones de euros de ingresos para las arcas municipales, la cantidad real a pagar es menor porque se aplican descuentos a miles de vehículos. En total, las bonificaciones y exenciones restan 735.361,10 euros, lo que situará la recaudación final en los 3,37 millones previstos. Entre ellas destacan, por ejemplo, del 75% para los vehículos híbridos que suman 2.388 matrículas bonificadas o eléctricos con 286 así como a los vehículos de más de 25 años del 50%, 5.167 matrículas.

El abono puede efectuarse en las entidades bancarias colaboradoras -Unicaja Banco, Banco Santander, BBVA, CaixaBank, Banco Sabadell, Ibercaja, Caja Viva y Caja Mar-, presentando el documento de pago remitido a los contribuyentes. También está habilitado el pago en los cajeros ciudadanos municipales ubicados en edificios como Agustinas Canónigas, Policía Local, Recaudación, Lecrác o Centro de Día de San Juanillo.

Por otro lado, se permite el ingreso mediante giro postal en oficinas de Correos y a través de la Oficina Virtual del Contribuyente, a la que podrá accederse a través de la página web del Ayuntamiento de Palencia (sede electrónica) o bien, obteniendo en la misma un documento “carta de pago”. En caso de extravío, es posible solicitar un duplicado en el Servicio de Gestión de Ingresos o por correo electrónico. Si el pago no se realiza dentro del plazo voluntario, se inicia la vía ejecutiva con recargos, intereses de demora y costas, conforme a la normativa tributaria vigente.

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